Nombre | Descripción | Fecha de expedición | Documento Adjunto |
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Inventario COVID -19 |
Las entidades y organismos distritales deberán publicar en las páginas web institucionales, en Ia sección "transparencia y acceso a Ia información pública", los inventarios documentales relacionados en el numeral 2.3 "2.3. Inventario Documental: Las entidades deberán ajustar y actualizar sus inventarios para describir la documentación producida, identificada de acuerdo con el numeral 2.1, en aras de facilitar su recuperación, conservación y preservación, teniendo en cuenta, la etapa del ciclo vital en la que esta se encuentre", elaborados en formato xml, Excel u otra hoja de cálculo con características de datos abiertos. |
22/04/2022 |
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