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Mapa de Control

De conformidad con el Artículo 1° de la Resolución 753 del 21 de octubre de 2020, Las instancias de coordinación deberán publicar un informe de gestión trimestral en el sitio web creado para este fin, así: 

1. Primer trimestre (enero, febrero y marzo) la información deberá estar cargada a más tardar el último día hábil del mes abril. 
2. Segundo trimestre (abril, mayo, junio) la información deberá estar cargada a más tardar el último día hábil del mes de julio. 
3. Tercer trimestre (julio, agosto, septiembre) la información deberá estar cargada a más tardar el último día hábil del mes de octubre. 
4. Cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre) la información deberá estar cargada a más tardar el último día hábil del mes de enero de la siguiente vigencia. 

Su publicación forma parte de la evidencia histórica y deberá permanecer para consulta en la página web, para lo cual deberán diligenciar el Anexo No.2 denominado: “Informe de Gestión”, el cual hace parte integral de la presente Resolución.  En esta sección, podrá encontrar los informes de seguimiento al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución 233 de 2018 y 753 de 2020.