Primera publicación - Quinto proceso de encargo II semestre
El artículo 24° de la Ley 909 de 20041, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, en lo concerniente al encargo, entre otras cosas, dispuso “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad”, por tanto, en el análisis de planta se enlistaron a los servidores y servidoras que por el grado salarial del empleo del que son titulares están más próximos(as) al empleo objeto de encargo, no obstante, lo anterior no implica que no hubiesen otros servidores(as) que cumplan con los requisitos del perfil, pues, de no haber manifestaciones de interés por parte de los(as) enlistados(as) en mejor posición, se ampliará la publicación.
Nota 1: De acuerdo con el criterio de la Comisión Nacional del Servicio Civil, se considerarán en el análisis de provisión de cada empleo, aquellos (as) servidores (as) que se encuentran encargados en un empleo de igual categoría (nivel y grado salarial).
Nota 2: La fecha de corte para el análisis de la antigüedad en la Entidad es 04 de diciembre de 2023.
Nota 3: La antigüedad se contará desde el momento en que el servidor público ingresó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., sin que se medie presentación de renuncia o licencia no remunerada, o en caso de haberlo hecho no hayan transcurrido más de quince (15) días hábiles de interrupción en la vinculación en la entidad.
Nota 4: En el presente proceso, se publican los perfiles priorizados por las áreas y de acuerdo con las necesidades del servicio, conforme a lo previsto en el criterio unificado 13082019 de 2019 de la CNSC.
Nota 5: Teniendo en cuenta los lineamientos del proceso de encargo, los(as) servidores(as) que tengan alguna observación, deberán presentarla a través del Sistema de Gestión Documental de la Entidad (SIGA), entre el 06 y 11 de diciembre de 2023, a la Dirección de Talento Humano.
Nota 6: No es etapa de enviar manifestaciones de interés.