Pasar al contenido principal

2da Publicación Proceso de Encargo Fase Tres – 2023

A continuación, se detalla el Análisis de los Perfiles ofertados en la Tercera Fase del Proceso de Encargo, teniendo en cuenta las observaciones recibidas por los servidores y servidoras de la Entidad. 

El artículo 24° de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, en lo concerniente al encargo, entre otras cosas, dispuso “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad”, por tanto, en el análisis de planta se enlistaron a los servidores y servidoras que por el grado salarial del empleo del que son titulares estaban más próximos(as) al empleo objeto de encargo, así: con quienes (i) cumplan con el perfil del cargo a proveer y están en los dos (2) grados inferiores al mismo y/o (ii) con un mínimo de cinco (5) servidores(as). 

No obstante, lo anterior no implica que no hubiesen otros servidores o servidoras que cumplan con los requisitos del perfil, pues, de no haber manifestaciones de interés por parte de las y los servidores en lista en mejor posición, se ampliará la publicación. 

IMPORTANTE:

Entre el 21 y el 26 de diciembre de 2022 se surtió la etapa de presentar observaciones frente al análisis de planta publicado, no para realizar manifestaciones de interés, 

Teniendo en cuenta los lineamientos del proceso de encargo, los(as) servidores(as) que estén interesados en manifestar interés en ser encargados de acuerdo al Derecho Preferencial, deberán radicar el formato de manifestación de interés anexo en la presente publicación a través del Sistema de Gestión Documental de la Entidad (SIGA), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, esto es entre el 11 y el 17 de enero de 2023. Este formato debe ser enviado a la Dirección de Talento Humano. EL NOMBRAMIENTO EN ENCARGO SE EFECTUARÁ A LA PERSONA QUE OCUPE LA MEJOR POSICIÓN DENTRO DE AQUELLAS QUE HAYAN MANIFESTADO INTERÉS EN EL RESPECTIVO EMPLEO. 

Las manifestaciones de interés que se alleguen por otros medios no serán tenidas en cuenta. 

Las revisiones y ajustes se realizaron de acuerdo con los lineamientos del proceso de encargo y los criterios de desempate establecidos en el mismo. 

El perfil 3 – Profesional Especializado Código 222 Grado 21 de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, no será objeto de encargo, toda vez que se encuentra en trámite un acto administrativo que producirá la finalización de la vacancia temporal del mismo.

Recuerde que, de acuerdo con los lineamientos del proceso de encargo, usted podrá realizar una (1) única manifestación para un (1) único perfil. 

 

 

Adjuntos Convocatoria