Publicación: proceso de encargo
El artículo 24° de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, en lo concerniente al encargo, entre otras cosas, dispuso “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad”, por tanto, en el análisis de planta se enlista a los servidores y servidoras que estaban más próximos(as) al empleo objeto de encargo, quienes continuaban en las posiciones 3 y 4 del estudio realizado por esta Dirección, toda vez que las condiciones sobre las cuales se dio el mismo se mantienen.
Lo anterior, teniendo en cuenta que, mediante Resolución No. 010 del 10 de enero de 2023, se aceptó la renuncia del servidor HARVEY DARÍO LÓPEZ al encargo como Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la Dirección de Talento Humano; por tanto, a continuación, se detalla el análisis del perfil, con los servidores de las mencionadas posiciones.
De otra parte, es importante señalar que el servidor que ocupó la posición No. 1, no será incluido dentro del presente análisis teniendo en cuenta los lineamientos establecidos para el proceso de encargo en el ítem 5.2.2, el cual señala “No se considerarán en el análisis de provisión de cada empleo, aquellos(as) servidores(as) que se encuentran encargados en un empleo de igual categoría (nivel y grado salarial)”
De otra parte, se recuerda que, si usted está interesado(a) en dicho encargo deberá enviar el formato de manifestación de Interés a la Dirección de Talento Humano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación, es decir, entre el 19 y el 25 de enero de 2023, a través del Sistema de Gestión Documental de la Entidad (SIGA).