Conozca alcance del día cívico, 7 de septiembre, decretado por Administración Distrital
La Administración Distrital mediante el Decreto 458 del 30 de agosto del año en curso, declara el siete (7) de septiembre como día cívico a fin de garantizar las condiciones necesarias en materia de movilidad y de seguridad en la ciudad en el marco de las actividades relacionadas con la visita del Papa Francisco.
El Secretario General de la Alcaldía Mayor, Raúl Buitrago Arias, afirmó que "la Administación del Alcalde Enrique Peñalosa viene adoptando todas las medidas necesarias para que tanto residentes como visitantes puedan asistir a los actos programados durante la visita del Papa Francisco, bajo condiciones de seguridad y movilidad adecuadas".
Aquí todo lo que necesita saber sobre el alcance de esta medida:
1. ¿Por qué se decreta Día Cívico?
R/ El Decreto 458 del 30 de agosto del año en curso declara día cívico el día siete (7) de septiembre de 2017 a fin de garantizar la participación de la ciudadania en las actividades relacionadas con la visita del Papa Francisco bajo las medidas necesarias y condiciones adecuadas, entre otros, en materia de movilidad y de seguridad en la ciudad. Se estima que habrá más de 2 millones de personas en los eventos programados y recorridos del Papa.
2. ¿Desde qué hora entra en vigencia día cívico?
R/ Pasada la media noche del día 6, es decir desde las 00.00 del día 7 de septiembre
3. ¿Cuál es el alcance inmediato de esta declaratoria?
R/ No habrá actividades laborales en los organismos y entidades públicas del Distrito Capital, a fin de que los servidores públicos que quieran, puedan asistir a los eventos y actividades programadas con ocasión de la visita del Papa Francisco y/o participen en jornadas de reflexión sobre la reconciliación.
4. Es decir, ¿no estarán en funcionamiento todas las dependencias del Distrito?
R/ Depende; las entidades y organismos distritales que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, funciones de policía, salud, prevención y atención de desastres y riesgos, movilidad, seguridad y orden público, entre otros, deberán adoptar las medidas que garanticen la debida prestación de tales servicios y el cumplimiento de sus funciones, en el marco de las actividades a desarrollarse el día 7 de septiembre de 2017.
5. ¿Por ejemplo?
R/ Las respectivas Secretarias de Salud, Movilidad, Seguridad y Gobierno, entre otros.
6: ¿Por ejemplo, cuáles no prestarán servicio?
R/ La Red CADE y los colegios del orden distrital, entre otros.
7. ¿Los funcionarios públicos del Distrito no irán a trabajar el 7 de septiembre?
R/ No irán a trabajar salvo los servidores que laboran en aquellas dependencias que por su naturaleza tendrán funciones especiales durante ese día como los sectores Movilidad, Salud y Seguridad, entre otros.
8. ¿Este día cívico cubre a las entidades del orden nacional, en Bogotá?
R/ No, el alcalde sólo tiene competencia a nivel distrital; no obstante el Departamento Administrativo de la Función Pública impartió instrucciones a las entidades del orden nacional
9. En términos de transporte, ¿habrá servicio por ejemplo en Transmilenio, buses SITP?
R/ Hay varios cambios y restricciones, la recomendación a la ciudadanía es consultar en los sitios web de los sectores y en www.bogota.gov.co
10. ¿Habrá clases en colegios distritales?
R/ No habrá clases en las Instituciones Educativas Distritales de la ciudad.
11. Y ¿en colegios del sector privado, universidades?
R/ Cada uno de los rectores de las instituciones privadas determinará las medidas sobre el particular.
12. ¿Qué pasará con las empresas del sector privado? ¿Pueden acogerse al día cívico?
R/ Esta decisión queda a discrecionalidad de los empleadores.
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