3ra Publicación Proceso de Encargo Fase III – 2023
A continuación, se detalla el Análisis de los Perfiles ofertados en la Tercera Fase del Proceso de Encargo, teniendo en cuenta las observaciones recibidas por los servidores y servidoras de la Entidad.
El artículo 24° de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, en lo concerniente al encargo, entre otras cosas, dispuso “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad”, por tanto, en el análisis de planta se enlistaron a los servidores y servidoras que por el grado salarial del empleo del que son titulares estaban próximos al empleo objeto de encargo, así: con quienes (i) cumplan con el perfil del cargo a proveer y están en los dos (2) grados inferiores al mismo y/o (ii) con un mínimo de cinco (5) servidores(as).
No obstante, lo anterior no implica que no hubiesen otros servidores y servidoras que cumplan con los requisitos del perfil, pues, de no haber manifestaciones de interés por parte de las y los enlistados en mejor posición, se ampliará la publicación.
IMPORTANTE:
Los perfiles relacionados en la presente publicación le fueron ampliado el análisis de estudio, toda vez que no hubo manifestación de interés por parte de los servidores y servidoras que cumplían con los requisitos para ser encargados y que fueron publicados inicialmente.
Teniendo en cuenta los lineamientos del proceso de encargo, las y los servidores que estén interesados en manifestar interés en ser encargados de acuerdo al Derecho Preferencial, deberán radicar el formato de manifestación de interés anexo en la presente publicación a través del Sistema de Gestión Documental de la Entidad (SIGA), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, esto es entre el 07 y 13 de febrero de 2023. Este formato debe ser enviado a la Dirección de Talento Humano. EL NOMBRAMIENTO EN ENCARGO SE EFECTUARÁ A LA PERSONA QUE OCUPE LA MEJOR POSICIÓN DENTRO DE AQUELLAS QUE HAYAN MANIFESTADO INTERÉS EN EL RESPECTIVO EMPLEO.
Las manifestaciones de interés que se alleguen por otros medios no serán tenidas en cuenta.
Las revisiones y ajustes se realizaron de acuerdo con los lineamientos del proceso de encargo y los criterios de desempate establecidos en el mismo.
Recuerde que, de acuerdo con los lineamientos del proceso de encargo, usted podrá realizar una (1) única manifestación para un (1) único perfil.