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Requisitos para Apertura de Establecimiento Comercial

1. Norma referente al uso del suelo

Las normas referentes al uso del suelo (certificado emitido por la Secretaría Distrital de Planeación, el cual indica sí, la actividad económica a desarrollar la puede realizar en el predio o zona), destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación. Artículo 87 Ley 1801 de 2016; Decreto 1077 de 2015, este trámite puede realizarlo de manera presencial y/o virtual.

 60 1 3358000 -

servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co

Horario de Atención: 7:00am a 4:30pm

  • Ventanilla de radicación Secretaria Distrital de Planeación, Cra 30 No.25-90, Lunes a viernes de 7:00a.m a 5:30p.m.
     
  • SuperCade CAD, Cra 30 No 25-90, Lunes a viernes de 7:00a.m a 5:30p.m, Sábados de 8:00a.m a 11:00a.m. (Presencial)

Trámite Sin Costo

Logo Secretaría de planeación
2. Matrícula Mercantil

Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad. Este trámite puede realizarlo de manera presencial y/o virtual.

  • Renovación Matrícula Mercantil.
  • Inscripción Matrícula Mercantil.

 6013830330 - 6015941000 Móvil #383

Horario de Atención: lunes a viernes: 9:00 a.m. a 4:00 p.m.

Trámite tiene Costo

Logo Camara de Comercio
3. Comunicación de la apertura del establecimiento

La comunicación de la apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía de la localidad donde funciona el establecimiento, por el medio más expedito o idóneo, que para tal efecto establezca la Policía Nacional. 

Artículo 87 Ley 1801 de 2016; Artículos 19, 31 y 33 del Código de Comercio.

 6015159111 / 9112

RECOMENDACIÓN: La comunicación puede ser escrita a mano o impresa, recuerde incluir datos de su establecimiento de comercio que permitan identificarlo, información como nombre, dirección, NIT, matrícula mercantil y los datos de contacto del propietario o su representante legal. Genere dos copias de este documento para radicar de manera presencial en la estación más cercana y conservar una constancia de su recibido.

Trámite Sin Costo

Logo Policía Nacional
4. Permiso para la comercialización de equipos móviles

Para la comercialización de equipos terminales móviles se deberá contar con el permiso y autorización expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia o su delegado. Artículo 87 Ley 1801 de 2016. Este trámite puede realizarlo de manera presencial y/o virtual.

 6013443460 - 6015953525

minticresponde@mintic.gov.co 

Horario de Atención: lunes a viernes 8:30 am - 4:30 pm

Edificio Murillo Toro Cra. 8a entre calles 12 y 13, Bogotá, Colombia (Presencial)

Trámite Sin Costo

Logo MinTic