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Requisitos de Funcionamiento de Establecimientos comerciales
Cumplir con las normas referentes a los niveles de intensidad auditiva, dichos niveles pueden ser verificados por la Secretaría Distrital de Ambiente de acuerdo a lo establecido en la Resolución 0627 de 2006 - Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
601 3778899
atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co
Horario de Atención: lunes a viernes 8:00 am a 5:00 pm
- Dirección: Avenida Caracas No. 54 – 38 (Presencial)
No genera documento
El cumplimiento de estos horarios puede ser verificado por las autoridades competentes.
Según lo establecido en el parágrafo del artículo 83 de la Ley 1801 de 2016, les corresponde a los alcaldes, fijar los horarios para el ejercicio de la actividad económica, en los casos en que esta afecte la convivencia.
No genera costo
No genera documento
Cumplir las Condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el régimen de Policía - Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana Ley 1801 de 2016, Artículo 87.
a. Condiciones de seguridad
Los cuerpos de bomberos son los órganos competentes para la realización de las labores de inspecciones y revisiones técnicas en prevención de incendios y seguridad humana en edificaciones públicas, privadas y particularmente en los establecimientos públicos de comercio e industriales, e informarán a la entidad competente el cumplimiento de las normas de seguridad en general. (artículo 42. Inspecciones y certificados de seguridad. Ley 1575 de 2012)
601 3822500 ext: 40101-40102-40110-40113
Horario de Atención Presencial: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Dirección: Calle 20 No. 68A - 06
Punto de atención presencial RED CADE
- SuperCade CAD Kr 30 # 25-90 lunes a viernes de 7:00 a.m. 4:30 p.m. jornada continua y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- SuperCade Suba Avenida Calle 145 # 103B – 90 de lunes a viernes de 7:00 a.m a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- SuperCade Américas Carrera 86 No. 43 - 55 de lunes a viernes de 7:00 a.m a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Trámite no tiene Costo
Para realizar este trámite de manera virtual dar clic aquí
b. Condiciones sanitarias
La Secretaría Distrital de Salud a través de las Subredes Integradas de Servicios de Salud, verifica el cumplimiento de las condiciones sanitarias de los establecimientos.
Para consultar los requisitos sanitarios ingresa al botón de autorregulación de la secretaría Distrital de Salud, “Negocios saludables, Negocios rentables”
601 3649090 opción 1 / 601 3295090
contactenos@saludcapital.gov.co
Dirección: Carrera 32 No. 12 – 81
Horario de Atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 pm, en jornada continua.
Horario Línea de Servicio a la Ciudadanía: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
Trámite sin costo
Para realizar conculta dar clic aquí
c. Condiciones Ambientales
Cumplir con las condiciones ambientales dispuestas para cada establecimiento de acuerdo con su actividad económica. La Secretaría Distrital de Ambiente verifica el cumplimiento de estas.
601 3778899
atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co
Horario de Atención Sede principal: Lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm
Horario de Atención Telefónica: Lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm
Dirección: Avenida Caracas No. 54 – 38 (Presencial)
Para conocer los requisitos ambientales ingrese a la página de la Secretaría Distrital de Ambiente y consulte los trámites a realizar.
Se debe desarrollar únicamente la o las actividades económicas que se encuentran registradas en la matrícula mercantil. Las autoridades de policía (Artículo 198, Ley 1801 de 2016) verifican el cumplimiento de este.
No genera costo
No genera documento
Este pago, es una remuneración que se transfiere a los compositores, músicos, artistas, productores y escritores, como un reconocimiento y respeto por su trabajo.
La Dirección Nacional de Derechos de Autor ejerce inspección y vigilancia sobre las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor y derechos conexos. Más información en su página Web.
601 7868220
info@derechodeautor.gov.co
Horario de Atención: Lunes a Viernes 8:30 am a 5:00 pm
Dirección: Calle 28 No. 13A -15 Piso 17
Trámite tiene Costo
Genera documento
La autoridad competente podrá solicitar el comprobante de pago.
Deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones. El artículo 61 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, estableció que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegará en las Cámaras de Comercio el Registro Nacional de Turismo (RNT).
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
601 6067676
info@mincit.gov.co
Horario de Atención: Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m
Calle 28 No. 13 A – 15 (Presencial)
- Registro Nacional de Turismo
- Actualización del Registro Nacional de Turismo
Cámara de Comercio de Bogotá
Ubique la Sección de Servicios Registrales - Registros
601 7560030
Horario de Atención: lunes a viernes: 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
• Dirección: Sede principal Avenida El Dorado nro. 68D-35 (Presencial en cualquier sede de la Cámara y Comercio de Bogotá)
Se debe actualizar anualmente
Trámite Sin Costo